PC.- La causa ha de tener tanta virtualidad como el efecto.
DEFINICIÓN.- Denominamos nasciturus inceptum (NI) a un ente vivo orgánico proveniente de la fusión exitosa de dos gametos (uno masculino, otro femenino) humanos.
TEOREMA.- Si un NI no es persona humana en el momento de la concepción, entonces no lo es nunca.
Demostración 1.- Supongamos que un NI no es persona humana (no tiene carácter personal) en el momento de la fecundación (una vez fecundado el óvulo humano exitosamente, formada la membrana de fecundación y antes de la primera división celular), entonces. Lo que media entre ese momento y el momento en que se le considere persona (o se le atribuya la cualidad de persona) es tan solo tiempo, agua, nutrientes y organización somática.
Ahora bien: ni el tiempo, ni el agua, ni los nutrientes, ni una mayor organización somática poseen per se el acto o perfección de persona (no tienen naturaleza personal, si es que tuvieran alguna naturaleza o esencia); luego por el PC, tampoco puede comunicar dicha perfección de persona a lo que es apersonal. Y como lo único que media entre el momento de la concepción y el momento en que se declara como personal al nasciturus inceptum son esas notas o accidentes, tampoco puede ser persona en ningún instante posterior al de la concepción. Es decir, no lo puede ser nunca.
Demostración 2.- El ente (ens) es lo que es (id quod est), y nos aparece compuesto por un modo de ser (naturaleza o esencia): el lo que, y un acto de ser (esto es, una esencia o consistencia y un acto de ser o existencia). Pero dos entes (dos existentes) que consisten en cosas distintas (que poseen dos esencias o naturalezas distintas) obviamente son entes distintos. Más aún, es imposible que un mismo ente, en su devenir entitativo (su duración) posea (per se) dos naturalezas sucesivas distintas, porque entonces no se trataría del mismo ente, lo cual es absurdo, porque estamos suponiendo una misma sustancia que adquiere nuevos accidentes. Por lo tanto, si el nasciturus inceptum no es persona (no posee la naturaleza de persona) en el momento de la concepción, no puede poseerla en un momento posterior cualquiera, lo que es incompatible con los datos empíricos.
Demostración 3.- Un ente no puede variar de esencia, porque en caso contrario se transformaría en otro ente distinto.
Pero la esencia del humano consta de dos notas: corporeidad y racionalidad. Es empíricamente evidente que el nasciturus inceptum al menos posee cuerpo (luego la nota de corporeidad). Si además no poseyera la nota de racionalidad, entonces sería un ente apersonal y , por lo expuesto en el párrafo anterior, no podría adquirirla, salvo que se transformase en otro ente distinto, lo cual es empíricamente falso porque lo que observamos en la evolución desde la fase o etapa de nasciturus inceptum hasta la de adulto humano, es continuidad perfectiva, no discontinuidad ontológica.
En consecuencia, si un nasciturus inceptum no fuese persona desde el mismo momento en que es individuo de la especie humana, no lo sería nunca. Luego necesariamente es ser personal desde el mismo instante de su concepción. Q.E.D.
Un ente personal comienza a existir por creación y deja de existir por aniquilación. No cabe que lo apersonal devenga personal por ningún proceso natural de trasformación, evolución o mutación, dado que la naturaleza material está clasurada en sí misma, y es incapaz de trascenderse. Por ello es preceptiva la existencia en el hombre de un elemento espiritual, irreductible a materia. Es lo que denominamos alma o forma sustancial humana (en la teoría hilemórfica).
Puede probarse también mediante un argumento de género sorites. En efecto. Sea un ente, y la propiedad (predicado binario) "...es persona en el instante ...". Supongamos que en , no es persona: . Entonces tenemos el siguiente argumento o inferencia:
1. . (Hipótesis)
2. .
3. .
2 se demuestra por un argumento del género sorites, considerando incrementos muy pequeños de tiempo físico posible (del orden del Tiempo de Planck, por ejemplo).
Supongamos que , y sea un intervalo de tiempo del tipo definido en el párrafo anterior. Es evidente que en este intervalo de tiempo, inferior al tiempo de formación de un enlace químico (que es del orden del femtosegundo), no ha podido haber transformación biológica alguna en (y muchos menos ontológica), que nos haga asegurar que ha cambiado de naturaleza (no solo biológica, sino sobre todo ontológica). Pero como para cualquier , existe un número natural¹ tal que y, por la argumentación precedente, en ningún incremento temporal , se ha podido transformar ontológicamente, se concluye que tampoco ha sido posible dicha transformación al darse el momento .
NOTA.- El concepto puramente ontológico de persona difiere del concepto jurídico de "persona", en lo que se refiere a individuos de la especie humana.
Finalmente, nos queda aseverar la siguiente equivalencia: todo ente es personal (humano) si y solo si es un individuo de la especie humana. No existen individuos de la especie humana apersonales. Es decir, no existen individuos genéticamente (biológicamente) humanos y ontológicamente no humanos. Lo humano entitativo y lo personal humano es equivalente ontológicamente, aunque en Biología no exista el concepto de "persona" (que es filosófico; pero no por ello menos real).
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¹ Aunque el cuerpo ordenado de los números reales es arquimediano, estamos suponiendo que el tiempo físico es numerable; es decir, que transcurre sucesivamente en intervalos de tiempo finito del orden del Tiempo de Planck, y por lo tanto entre dos instantes de tiempo , ha habido un número natural de intervalos de mínimo tiempo físicamente posible. Por ello existe tal que .